DEMANDA DE AUMENTO, REBAJA Y CESE DE ALIMENTOS
La obligación de proporcionar alimentos se extiende por toda la vida del alimentario, manteniéndose invariable la cifra que se fijó como monto mensual que debe entregarse como pensión alimenticia. Sin embargo, si puede acreditarse que ha habido una modificación de las circunstancias que se tuvieron en vista para fijar los alimentos, se puede solicitar por el alimentante la rebaja o bien, el cese de los alimentos a su respecto. Por el contrario, si son las necesidades del alimentario las que han aumentado, bien puede pedirse el aumento.