Bienes

RÉGIMEN MATRIMONIAL

En nuestro país, el régimen de bienes que rige en el matrimonio es la sociedad conyugal, a menos que antes del matrimonio, al momento de su celebración o bien, después de ello, los cónyuges pacten separación de bienes o que se someten al régimen de participación en los gananciales. Si se desea hacer ello antes del matrimonio, se debe realizar mediante las capitulaciones matrimoniales o bien, si se hace durante la vigencia de la vida conyugal, se realiza mediante una escritura pública de liquidación de la sociedad conyugal, donde debe procederse a la distribución de los bienes obtenidos durante el matrimonio.